Seguro de Previsión Colectiva
Estos seguros sirven para las empresas para dar a sus trabajadores un plus de retribución en forma de seguros que garanticen ciertas contingencias que puedan dárseles a los trabajadores.
Siempre tiene que existir una relación laboral entre el tomador y los adherentes.
Los seguros de previsión colectiva o previsión social pueden englobarse en tres formatos:
1- Salud colectiva: Este seguro cubre las necesidades medicas que puedan tener los trabajadores, independiente de si son derivadas de su actividad o no.
Podemos encontrar dos modalidades:
De reembolso, donde el trabajador puede ir a cualquier medico y será la compañía de seguro que le reembolsara los gastos médicos dentro de los limites establecidos.
De Cuadro medico concertado: Esta modalidad, el adherente, elige un medico dentro del cuadro medico de la compañía. En algunos casos, dependiendo de la poliza o de la gravedad de la consulta, se puede compaginar con reembolso.
2- Vida Colectivo: Seguro que busca la protección de las personas adheridas a dicho seguro, garantizándoles a sus beneficiarios una renta o capital, según modalidad, en caso de muerte, invalidez del trabajador.
3- Convenio Colectivo: Seguro que se contrata de forma, muchas veces, obligatoria, y dependiendo de convenio colectivo que se aplique la empresa tendrá unos capitales minimos a contratar. Al contrario que los anteriores, este seguro entra en juego cuando el accidente que el trabajador sufre se produce durante su jornada laboral.
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